APROBADA EL 23 DE ABRIL
Cataluña: Ley del ejercicio de las profesiones del deporte
El Parlamento de Cataluña aprobó el pasado 23 de abril la Ley sobre el ejercicio de las profesiones del deporte en Cataluña. Se trata de un texto pionero en el Estado que reconoce por primera vez al colectivo de trabajadores del mundo del deporte como sector profesional con identidad propia. La Ley se aprobó con el apoyo de todos los grupos parlamentarios. Munideporte.com le ofrece el documento.
La regularización del ejercicio de las profesiones deportivas cumple uno de los ejes prioritarios del plan de gobierno de la Secretaria General de Deportes, que pretende convertir el deporte en un sector clave de progreso económico para avanzar en una Cataluña más deportiva y más saludable.
El texto pretende regular los aspectos básicos del ejercicio de cuatro de estas profesiones para garantizar la calidad de los servicios deportivos y la protección de la salud de los practicantes, así como acabar con el intrusismo en el sector y marcar unos criterios claros sobre la actividad profesional de los trabajadores y trabajadoras del sector. “Hoy es un día histórico para el mundo del deporte catalán. La aprobación de la Ley supone el nacimiento de un nuevo sector profesional”, explicó Anna Pruna, Secretaria General de Deportes de la Generalitat, el día de la aprobación.
El colectivo ve reconocida con esta Ley su trabajo y el “gran peso que tienen las diversas actividades que desarrollan como generadores de impulso económico en la sociedad”, aseguró Pruna.
La ley, aplicable al ejercicio profesional desarrollado en Cataluña, establece de manera expresa las profesiones que quedan reguladas, determina las titulaciones que son necesarias para su ejercicio y atribuye a cada una de ellas su correspondiente ámbito funcional general.
El objetivo de la norma es garantizar a los ciudadanos que las actividades de entrenamiento, enseñanza, dirección y gestión en el ámbito del deporte sean desarrolladas por personas que tienen el nivel de formación adecuado a las exigencias de cada tipología. Además, se pone un énfasis especial en la protección de las actividades de los menores de edad, las personas mayores, las personas con problemas de salud y los practicantes de actividades deportivas de riesgo.
Las cuatro profesiones que quedan reguladas en el texto abrazan el ámbito educativo, el recreativo, el competitivo y el de la gestión deportiva. Son las profesiones de profesor de Educación Física, animador y/o monitor deportivo, entrenador y director deportivo. Partiendo de la base de que se puede acceder a una misma profesión del deporte a partir de formaciones diferentes, la nueva legislación contempla las titulaciones universitarias relacionadas con la actividad física y el deporte y las formaciones incluídas en la formación profesional y deportiva como necesarias para el ejercicio profesional.
Además de regular los derechos y las obligaciones de los profesionales, la nueva normativa también contempla la colegiación obligatoria de aquellos que acceden a la profesión a partir de una titulación universitaria y la inscripción obligatoria en el Registro Oficial de Profesionales del Deporte de Catalunya. Estas medidas pretenden tener un mejor seguimiento y control de la actividad de este colectivo.
Por otro lado, el texto también implica que los profesionales incluidos en la ley suscriban un seguro de responsabilidad civil que cubra la indemnización por los daños se puedan causar durante el ejercicio de la actividad. Igualmente, regula las consecuencias legales (previstas en el Código Penal) del intrusismo y las sanciones administrativas si se incumplen los principios legales.
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